Pedro G. Paúl Bello Weblog

jueves, agosto 28, 2008

VENEZUELA ¡DESPIERTA!

La realidad social y política de Venezuela, al igual que en el resto de los países latinoamericanos, ha tenido mucho que ver con el desarrollo histórico de nuestra formación como Nación.

Desde el inicio, nuestra conformación social ha sido condicionada por una estructura económica puesta siempre al servicio de un centro económica y culturalmente dominante. Nuestra estructura productiva fue configurada de manera de corresponder a decisiones fundamentales que se han tomado casi siempre desde afuera, con afectación de lo que habemos de producir, cómo lo debemos producir y según ciertas definiciones de las llamadas relaciones de producción. Este hecho, negada toda tesis de determinismo por lo económico, modeló, sin dudas, nuestra realidad político-social.

El petróleo sirvió, en el pasado de sus inicios, como fuente de recursos para comprometer nuestra real independencia. En la primera etapa exportadora alimentó la codicia del tirano telúrico y de su corte de aúlicos quienes, para satisfacerla, -- suma de ignorancia y egoismo-- no vacilaron en dejar en manos de las compañías explotadoras la casi totalidad del beneficio derivado de la actividad petrolera.

Después, primero los privilegiados y luego el país entero, comenzamos a embriagarnos con el líquido negro. Ebrios de petróleo, nos dio por creernos ricos; por pensar como ricos y por vivir como tales. Por tal vía se modeló una mentalidad --aún no superada-- de la que tendremos que librarnos si es que, en verdad, no solamente deseamos, sino queremos, alcanzar metas humanas, culturales, políticas y económicas que el deber ciudadano nos impone.

La mentalidad de nuevo rico derivada de la falsa y mal aprovechada riqueza, aunada a una gran pobreza cultural, se conjugó con actitudes y conductas degajadas de otras raíces de nuestro acontecer nacional: las de pueblo pasivo; pueblo siempre a la expectativa de lo inmediato; pueblo "en crisis de pueblo" al decir de Briceño Iragorry. Tal vez el pasado de esclavitud y paternalismo soportado por centurias; tal vez el desprendimiento de quien, despojado de lo suyo, se reduce a estrecho recinto en el que se apoya en equilibrio inestable; tal vez gravite el siglo de alzamientos, montoneras y caudillos; todo ello y muchos otros elementos concurren para explicar actitudes de provisionalidad, falta de compromiso y autodefensa frente a un futuro que los venezolanos siempre hemos tenido como incierto.

En todo caso, sobre un pueblo así, la riqueza adventicia transformó al hombre común venezolano en individuo de cada día, que vive y muere esperando satisfacer ilusiones de riqueza y de poder.

Beneficiarias de todos los frutos de la riqueza petrolera, las clases dirigentes -con pocas excepciones- se han dedicado a gozar, en el mediocre mundo parcial de la sociedad pseudomoderna en la que moran, de todo el "confort" y apariencias que, en definitiva, no hemos creado sino pagado con el regalo de las entrañas de nuestra tierra.

De esa borrachera amanecimos un día con la pesadez y la amargura de quien ha perdido toda su fortuna en vicios y juegos, sin dejar para el mañana lo indispensable para garantizar la vida de los hijos.

Amanecimos, si, pero parece que aún no hemos despertado: la crisis que se acentúa y nos aproxima al extremo del colapso así parece demostarlo. Pero el reto del momento actual es casi definitivo --si definitiva pudiera ser la histotria de los pueblos. O nos levantamos del sueño, con el ánimo muy dispuesto, o las puertas de la jaula que nos amenaza se cerrarán indefectiblemente.

¡Ahora! ¡Basta ya! Deben ser nuestras consignas.

lunes, agosto 25, 2008

LA CRÍTICA INÚTIL o LA VERDAD COMPLETA.

Quizás uno de los más frecuentes errores que caracteriza a quienes, desde la oposición, critican la presente gestión gubernamental, sea el de observar la situación del país y los hechos del gobierno de Hugo Chávez prescindiendo de señalar los verdaderos propósitos de éste, y detenerse, en vez, en el señalamiento de acontecimietnos y circunstancias que, por muy graves que puedan ser, se quedan en los niveles de superficie sin descender a las profundidades que esconden a los perversos objetivos del régimen.

A la luz de tales señalamientos, un investigador externo podría pensar que en Venezuela, ciertamente, hay un gobierno democrático que funciona muy mal; que es tan incapaz que no ha logrado superar, sino empeorar, condiciones como las de la pobreza que afecta a la gran mayoría de los ciudadanos; las de falta de vivienda, bien enfrentada desde fines de los años 60 por los últimos gobiernos de la calumniada democracia, pero que en los útimos 10 años apenas han logrado construir lo que se hacía en dos períodos de aquellos gobiernos; que ha sido inútil para controlar una economía que ha dejado que se enrumbe, desenfrenada, por la peligrosa y perversa senda de la inflación; que ha destruído la mayor parte de la capacidad del país en sus sectores agropecuarios, industriales y productivos en general; que ha provocado una crisis alimentaria no conocida por el país en tiempos de sus peores situaciones económicas; que no ha logrado controlar sino aumentar la inseguridad que amenza a cada venezolano, caracterizada por un índice de criminalidad que supera resultados de los países más violentos del mundo; que no sólo no ha levantado la calidad y atención de la salud de los nacionales, sino que ésta ha descendido a índices propios del siglo XIX e inicios del siglo XX, cuando el territorio nacional era asolado por epidemias de malaria, anquilostomiasis, mal de chagas, parotiditis y demás epidemias tropicales y enfermedades carenciales que fueran totalmente erradicadas en las primeras décadas del siglo pasado.

Recientemente leía el escrito de un estimado opositor y colega que señalaba como males los: "del creciente aumento del costo de la vida, de la falta de vivienda, de la basura"; o que "el desempleo se agiganta: el 40% de la fuerza laboral o sea 7,7 millones de personas de un total de 19,4 millones aptas para trabajar no están empleadas"; o que "en dos años colapsará el servicio eléctrico: en el país existen 6 plantas hidro-
eléctricas generadoras de electricidad, las principales situadas en el Bajo Caroní que abastecen el 70% del consumo nacional, pero ya están al borde de su capacidad", etc. No es que no tenga razón el autor de este artículo. Tiene plena razón. Pero ese no es el fondo del problema, ni es lo más grave que está padeciendo Venezuela en esta oscura hora de su historia.

El fondo más grave y peligroso de esta situación que padecemos es que hemos permitido -por descuido, por ignorancia, por estolidez, por engaño de quienes se han presentado como opositores siendo, en verdad, colaboradors- que se haya instalado casi totalmente para esta fecha, un régimen totalitario, de signo comunista-estalinista, que tiene por objetivo destruir todas las instituciones del país, públicas o privadas; destruir la economía nacional y sus bases y recursos productivos; establecer un sistema educativo cuyo propósito no es el aprendizaje sino la ideologización política comunista obligatoria; destruir todos las iglesias y cultos religiosos que existen en el país y hacer de cada venezolano un pobre menesteroso que -en la más perversa expresión de populismo- dependa únicamente del gobierno para poder alimentarse y subsistir.

No ataquen, señores de oposción, al gobierno por lo que no ha hecho ni va a hacer nunca; atáquenlo por lo que pretende hacer. No digan tanto que está regalando el dinero que produce el petróleo para el desarrollo de Venezuela y de los venezolanos; digan, si, que ese dinero lo desvía a otros países para cumplir un absurdo proyecto de guerra mundial que tratará de enfrentar al Sur pobre de la tierra contra el Norte rico, y al Oriente, que señalan como relegado contra el Occidente que califican de dominante.

Díganle a las familias que les van a quitar sus hijos para educarlos el Estado.
Diganle a los pobres que los van a hacer más pobres para que sirvan como esclavos a la Nueva Clase.
Díganle a los estudiantes que les van a cerrar Univesidades, Liceos y Escuelas, para someterlos a aprender lo que conviene al Estado comunista.
Diganle a los trabajadores, obreros y campesinos que terminarán de acabar con sus sindicatos y que serán utilizados sin remuneraciones ni garantías de justicia social.
Díganle a los productores que los van a despojar -a todos- de sus medios de producción, que serán del Estado.
Díganle a todos que es la hora de jugarse el todo por el todo, sin es que nos queda una gota de la sangre generosa de nuestos libertadores.

Digan la verdad total -la "verdad verdadera"- y no medias verdades o verdades incompletas, intrascendentes o bobas.

domingo, agosto 10, 2008

LA DECISION DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

La Política es ciencia, acción y arte. Implica, por tanto, conocimiento y sabiduría, disponibilidad y compromiso, imaginación y creatividad. Tiene su apoyo en la Ética cuyos fundamentos son el bien como finalidad y la verdad como método.

Desconozco cuales fueron las fundamentaciones por las cuales los abogados de la parte actora demandaron, ante el TSJ, la inconstitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (puesta en vigor en la Gaceta Oficial Nº 37.347 de fecha 17 de diciembre de 2001), que faculta al Contralor General de la República para, según la entidad del ilícito cometido, suspender del ejercicio de un cargo, destituir o inhabilitar, por un tiempo, para el ejercicio de sus funciones a las personas que hayan incurrido en irregularidades administrativas.

Sin embargo, lo que -seguramente por no ser abogado- me es difícil de comprender, es la razón por la cual la parte actora, defensora de los derechos de los supuestos responsables, candidatos a desempeñar cargos electivos, habraía orientado -parece, al menos- su alegato hacia la inconstitucionalidad del referido artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en vez de resaltar la natural primacía de la fuerza constitucional de un artículo de la Constitución Nacional vigente, el art. 42, por sobre lo que establece el referido artículo 105 de esa Ley Orgánica o, más simplemente, demostrar que dicho artículo 105 es aplicable sólo en el caso de ilícitos administrativvos pero no cuando se trata de cargos de elección popular, a menos que existan sentencias judiciales firmes.

Tampoco puedo comprender por qué no se ha hecho mención -al menos en el debate público- de esa diferencia de alcances que tienen los art. 42 constitucional y 105 de la Ley Orgánica, toda vez que el primero hace referencia, en lo que interesa a los candidatos inhabilitados para las elecciones regionales del próximo 23 de noviembre, a que sólo pueden ser afectados de esa manera si sobre ellos pesare una sentencia firme. Al efecto, dicho art 42, complementando lo que expresa el art. 65 constitucional, que rezan:

Artículo 42. Quien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadanía. El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley.
Artículo 65. No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito.

Es decir, que para ser inhabilitados del derecho político -también derecho humano- de ser elegidos, estos ciudadanos tendrían que haber sido condenados por delitos cometidos, lo que implica sentencias judiciales firmes, como lo exige el ya referido art. 42 de la Constitución, dado que al ser condenado con una pena, ésta sólo puede ser impuesta por un juez penal y no por el Contralor General de la República quien no tiene esa facultad.

Entonces, es claro que no se trata de la constitucionalidad o no del artículo 105 de la ley Orgánica de Contraloría, pues este artículo se refiere a una facultad administrativa -y no penal- del Contralor General de la República aplicable, en casos de inhabilitaciones, a personas que hayan cometido irregularidades administartivas en el desempeño de sus cargos, por lo que podrían ser suspendidos, destuituidos o inhabilitados de acuerdo a la gravedad de esas irresponsabilidades. En ese sentido, el artículo 105 de la vigente Ley Orgánica de Contraloría coincide, en términos verbales diferentes pero con igual sentido, con lo que establecía la Ley Orgánica de Contraloría derogada por ésta, que en su art+iculo 122 en lo que se refiere a las facultades del Contralor General para aplicar sanciones de suspensión, destitución o inhabilitación. Rezaba así:

Artículo 122º de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República publicada en la Gaceta Oficial de la Repúblicade Venezuela N° 5017 Extraordinario del trece (13) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995):

Una vez firme la decisión de responsabilidad en vía administrativa y sin perjuicio del recurso jurisdiccional que pueda interponerse contra esa decisión, la Contraloría remitirá el auto correspondiente y demás documentos al organismo donde ocurrieron los hechos irregulares o en el cual esté prestando servicios el funcionario, para que la máxima autoridad jerárquica, en el término de treinta (30) días continuos, le imponga, sin otro procedimiento la sanción de destitución.

El Contralor General de la República o la máxima autoridad del respectivo organismo, de acuerdo a la gravedad de la falta y al monto de los perjuicios causados, podrá suponer, además, la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por un periodo no mayor de tres (3) años.
Si el declarado responsable se ha separado de la función pública, el Contralor podrá aplicar la sanción de inhabilitación, hasta por un periodo Igual al señalado

¿Por qué, entonces, haber rebuscado en el incierto vericueto de una supuesta inconstitucionalidad del art 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría, lo que pareciera no existir?

Tengo la impresión de que, por esa vía, se facilitó increíblemente, a la Sala Constitucional del TSJ, el dictar una sentencia “salomónica” y, al mismo tiempo, quedar –aparentemente- con sus manos muy bien lavadas.

Por supuesto que una sentencia justa y ética habría de ser la de declarar que el art. 105 no es inconstitucional, pues tiene su área determinada de aplicaciones, pero que la inhabilitación no procede para los candidatos sobre quienes no pese una pena derivada de sentencia judicial firme, conforme al art. 42 constitucional. Pero puede que ésto sea “pedirle peras al olmo”.

No me cabe la menor duda de que la decisión que permite la inhabilitación de los candidatos es tan canallesca como lo sería la actitud de aquel caminante, a quien alg{un viajero le preguntara:

-¿Es este el camino hacia Maracaibo?
Y el caminante le respondiera:
-“Si”, pero omitiendo decirle que más adelante encontrará un puente roto que no le permitirá pasar.

Finalmente, no es concebible que unos magistrados se limiten a decidir considerando, apenas, una cara de la Ley que responda a sus personales inclinaciones políticas (o a las órdenes que recibe) y no tengan en cuenta otras condiciones que resultaban determinantes para su decisión. En efecto, el derecho a elegir y a ser elegido es un derecho humano reconocido por las Leyes internacionales que, de acuerdo al art 23 constitucional, “tiene jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno”...”y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público (lo que incluye al CNE).

Hubiese bastado a los magistrados el recordar los contenidos de las diversas Declaraciones Interamericanas de Derechos (la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Compromiso de Santiago con la Democracia y la Renovación del Sistema Interamericano; la Declaración de Nassau; la Declaración de Managua para la Promoción de la Democracia y el Desarrollo; la Asamblea General, de San José de Costa Rica; la Asamblea General de Lima que aprobó la CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA, la que, en su artículo 3°, estableció que “Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo ), para que tal decisión hubiere resultado diferente.

Pero tal es la triste realidad de la política cuando no se fundamenta en la Ética al no tener como método la verdad total y no las medias verdades.