Pedro G. Paúl Bello Weblog

jueves, marzo 07, 2013

ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE EL PRESENTE. Pedro Paúl Bello Estamos alcanzando un “punto de quiebre” político que es menester superar pronto. Es necesario afrontar un desafío político: se trata de las acciones que los partidos democráticos y la población tienen que realizar para recuperar el control de instituciones que la dictadura, con vocación definitivamente totalitaria, ha venido confiscando y controlado desde que en 1999 asumió el poder, cuando el Tte. Cnl. Hugo Chávez Frías venció en las elecciones de diciembre de 1998. El desafío político, como lo denomina Gene Sharp, supone una planificación estratégica y consiste en el constante ataque a las fuentes de poder de la dictadura con vocación totalitaria, con el propósito de que, realmente y conforme a la vigente Constitución Nacional, toda la población venezolana retome en control democrático de las instituciones que, como si fuesen suyas, ha venido controlando en su totalidad la dictadura que oprime a toda esa población. El régimen que con intención totalitaria nos oprime es, hasta el presente, no de partido único como es su intención, pero si ilegalmente dominante y viene ejerciendo progresiva restricción de todos los derechos ciudadanos. Nuestra población, como suele ocurrir en estos casos, se ha hecho más débil de cuanto, por experiencias históricas, había sido: no tiene suficiente confianza en sí misma y, excepto los jóvenes y en especial los estudiantes, no se muestra en grado de resistir. Sin embargo, hasta el presente esa actitud, que en situaciones semejantes es universalmente normal, no ha alcanzado el extremo y es todavía posible el hacer resistencia. Para ello es menester dar el primer paso que consiste en derrotar al miedo y rechazar toda obediencia inconstitucional al régimen. No obstante, hay que destacar que, siempre que sea posible, es indispensable descartar la violencia. Dice Sharp al respecto que, al usar la violencia “se ha escogido, precisamente, el modo de lucha en el cual los opresores, casi siempre, tienen la superioridad.” En efecto, las dictaduras tienen muchos más recursos que sus oponentes para aplicar la violencia. Tampoco la solución adecuada es la de las llamadas “guerras de guerrillas” contra las tiranías. Además, si venciere y favorecida por el caos, la guerrilla puede asumir una conducta aún peor que la derrotada dictadura, como fue el caso de Cuba cuando fue derrocado el tirano Batista. Por razones semejantes, lo mismo puede decirse de los recursos a los golpes de Estado. Sólo cuando la oficialidad militar es de convicciones ampliamente democráticas --como cuando el 23 de enero de 1958-- el golpe de Estado puede sustituir, brevemente, una dictadura y abrir puertas al ejercicio real de la democracia. El problema, cuando no es así, es que los nuevos gobernantes golpistas encuentran intactas las instituciones represivas instaladas por las dictaduras y, así, las usan en provecho propio. Pero tampoco, cuando se vive en dictadura, funcionan favorablemente los procesos electorales. Las dictaduras suelen controlar el desarrollo de esos procesos y utilizar sistemas de fraudes a su gusto, aparentando ser nítidamente democráticas. En la realidad, las elecciones bajo dictaduras se transforman en plebiscitos en favor de los dictadores. Tampoco tiene resultados positivos la espera de ayudas de otros países. No es raro que la supuesta ayuda derive en facilidades de explotación en favor de los ayudantes. Empero, cuando se trata de ayudas reales a pueblos oprimidos que, ciertamente, tengan un movimiento poderoso de resistencia interna, la acción de organizaciones internacionales, como la ONU, que puedan ayudar mucho en el alcance de la liberación. Sharp, en sus trabajos sobre este asunto, estableció cuatro metas indispensables para lograr liberar un pueblo de dictadura: 1) Fortalecer la población ayudándole a confiar en sí misma, en su fuerza unida para luchar y en sus capacidades para resistir. 2) Fortalecer grupos sociales e instituciones de pueblo que sean independientes del gobierno. 3) Crear una fuerza interna de resistencia que sea poderosa. 4) Establecer un plan estratégico global y realista, amplio en sus alcances, para ejecutarlo con inteligencia y destreza. En la medida en que un pueblo es capaz de luchar para liberarse, se fortalece internamente pues alcanza, cada vez, más confianza en sí mismo. Por eso las cuatro metas tienen que ser alcanzadas y satisfechas al menos en un mínimo nivel inicial. La liberación depende de la capacidad opositora para liberarse ella misma. Negociaciones. El tema de las negociaciones se centra, normalmente, en tratar de llegar a un acuerdo con la dictadura en la esperanza de que, con la conciliación y los compromisos alcanzados por las partes que negocian, deriven logros positivos y disminuyan los atropellos del régimen. Esta manera de pensar sobre el problema que los oprimidos afrontan supone –a priori-- que las negociaciones se hagan gradualmente, llegando a que termine la dictadura. Esa gradualidad significa que “poco a poco” la dictadura reduzca la opresión y, así, finalmente ceda y se restablezca la democracia. Ello no es alcanzable, sin embargo, sino cuando lo negociado no es algo fundamental para la dictadura. Por ejemplo: una huelga general de trabajadores que reclamen mejores salarios. Pero, en cambio, no va a funcionar la negociación cuando se ponen en juego asuntos que les sean fundamentales. Se puede alcanzar ese logro por vía de negociación, sólo cuando la dictadura se ha debilitado sustancialmente y, ello, ha favorecido al sector democrático. Dice Gene Sharp que “las negociaciones no son un modo realista de librarse de una férrea dictadura cuando no existe una poderosa oposición democrática.”

sábado, marzo 02, 2013

LA CRISIS QUE VIVIMOS Y UN FUTURO POSIBLE. Pedro Paúl Bello (www.paulbello.blogspot.com) Ningún venezolano puede dejar de estar consciente de la crisis política que vivimos en nuestro país. Ayer, jueves 27 de febrero, la declaración pública que hiciera el Embajador Cocheza, de Panamá, ante medios de comunicación, reveló algo de manera definitiva y sin respuesta del supuesto gobierno montado al margen de la Constitución Nacional. Según lo dicho por este Embajador, sobre lo cual se ha guardado sospechoso silencio a lo largo del día de hoy, 28 de febrero, que deja mucho que desear por cuanto, de ser falso lo declarado por el Embajador panameño, la respuesta aclaratoria no se habría hecho esperar. Desde luego, los responsables no deberían dejar de responder lo más pronto posible; debemos suponer que dirán la verdad y no una mentira más sobre este delicado caso, doloroso en especial para la familia del Presidente Electo y para sus seguidores políticos. Convencido de la certeza de lo expresado por el Embajador --y no, precisamente por intuición, sino porque, un día del pasado mes de enero, recibí un email enviado por persona que no conozco, por lo que, por ese hecho y por no parecerme conveniente transmitirlo a otras personas en virtud de su contenido, me abstuve de hacerlo. En ese mensaje se relataba que el día 30 del mes de diciembre de 2012, el sobrino del Presidente e hijo de su hermano Adán, había recibió una llamada telefónica cuando estaba reunido, en su casa, con personas de su amistad. Decía el mensaje que el sobrino de Chávez habría llorado mientras atendía la llamada y que, al preguntarle sus amigos el por qué lo hacía, habría respondido, con mucho pesar, que su tío Hugo había muerto ese día. En verdad, fue esa la razón principal por la que no pasé el mensaje y lo borré de mi computador, a pesar de que las sospechas sobre su gravedad eran, ya entonces, serias pues el Presidente Electo había sido muy claro, el 8 de mismo mes de diciembre, al expresar con sinceridad sus dudas respecto al éxito de la intervención a la que habría de someterse al llegar a Cuba. Tanto fue así, que decidió públicamente, proclamar que en caso “de su ausencia absoluta”, debía encargarse de la Presidencia de la República la persona que fuese Presidente de la Asamblea Nacional, y que su Partido designara como candidato en los comicios que debían realzarse en los siguientes 30 días, conforme al mandato constitucional, debía ser el señor Nicolás Maduro. De manera que transcurridos más de 30 días de su partida para Cuba, no era descartable que, en virtud del silencio y las contradicciones de sus allegados políticos, el Presidente Chávez podría encontrarse en situación delicada. Esa sospecha fue reforzada por las maniobras expresadas por la mayoría oficialista en la Asamblea Nacional, el 8 de enero pasado, muy agravadas después por los disparates y contradicciones de sus más cercanos colaboradores políticos, y las sospechas se hicieron peor aún con la absurda decisión del TSJ, totalmente desvinculada del texto constitucional. Después, todo se tornó peor cuando se conoció la misteriosa llegada del Presidente a Venezuela y el hecho de que ni siquiera Presidentes visitantes hubiesen podido verle o saludarle, a lo que se sumaron las contradicciones constantes entre los informantes sobre su caso. El resultado político de todo lo anterior desemboca en la realidad de que en Venezuela no hay gobierno legítimo. En efecto, el Sr. Maduro dejó de ser Vice-Presidente el mismo 10 de enero, pero se movilizó y actuó como si fuese presidente, cargo que correspondía al Presidente de la Asamblea. El país se encuentra paralizado en todos los órdenes políticos y administrativos; los Ministros dejaron de serlo el mismo 10 de enero; las Fuerzas Armadas no tienen Comandante en Jefe. ¿Cómo llamar tan caótica situación? ¡Ausencia de gobierno! Entonces, díganlo o no lo digan los “altos funcionarios” del gobierno, se impone, sin lugar a dudas, que asuma la Presidencia de manera inmediata el Presidente de la Asamblea Nacional y que, conforme al artículo 233 constitucional, se convoque a la celebración de elección directa y secreta para Presidente de la Repdública, “dentro de los 30 días consecutivos siguientes.” EL FUTURO INMEDIATO. Si se hiciere lo que ordena la Constitución ya antes sintetizado, el país recuperaría la normalidad democrática. De no ser así, el caos se abriría con gran fuerza y riesgo para todos los venezolanos. Tenemos que estar conscientes de que estamos ante un régimen con evidente vocación totalitaria y que se ha entregado al régimen totalitario que agobia a Cuba desde hace más de 50 años. ¡Qué Dios nos proteja! Si se obedece a la Constitución, el sector opositor tiene que abandonar la actitud que es lógica cuando se está en una verdadera democracia. Pero aquí no se puede mantener una conducta como si estuviésemos en democracia. A mi manera de ver, el principal objetivo tiene que ser sustituir al CNE y que este organismo se ajuste a lo que determina la Constitución en su Capítulo V, artículos 294, 295 y 296: El Art. 294 reza: “Los Órganos del Poder Electoral se rigen por los principio de independencia orgánica, autonomía funcional y presupuestaria, despartidización de los organismos electorales, imparcialidad y participación ciudadana, descentralización de la administración electoral, transparencia y celeridad del acto de votación y escrutinios.” Lógicamente, este artículo debe ser aplicado en su totalidad para la elección presidencial que debe ser realizada. Veamos su contenido: 1º Independencia orgánica. Significa que el Poder Electoral no puede depender del Poder Ejecutivo ni de ninguno de los otros Poderes de la República. 2º Autonomía funcional y presupuestaria. Quiere decir que el Poder Electoral es autónomo en su manera de organizarse para funcionar y debe recibir del presupuesto nacional los recursos necesarios para su funcionamiento, compra de equipos y cualesquiera otras necesidades relativas a sus funciones. 3º Despartidización de los organismos electorales. Significa que los organismos del Poder Electoral no pueden, en ningún caso, tener en su seno influencias de ninguno de los partidos políticos, así como tampoco a personas que, de alguna manera, estén comprometidas o relacionada con éstos. 4º Imparcialidad y Participación ciudadana. Por imparcialidad se entiende que todos los actos de los organismos del Poder Electoral, comenzando con el principal de éstos que es el Consejo Nacional Electoral, deben proceder y actuar con absoluta imparcialidad, valga decir, sin dar ventajas o preferencias a ninguno de los actores políticos, sean Partidos, Organizaciones o ciudadanos; sin embargo, se establece que los ciudadanos deben participar en aquellas actividades para las cuales sean convocados por el Poder Electoral: por ejemplo, como miembros de mesas electorales. 5º Descentralización de la administración electoral: Esto es, que las distintas instancias electorales del Poder Electoral reciban, de manera descentralizada, los recursos necesarios para su propia administración y funcionamiento. 6º Transparencia y celeridad del acto de votación y escrutinios. Este aspecto del artículo constitucional que consideramos en este punto, quiere decir por transparencia que no haya ningún mecanismo que afecte la verdad del acto electoral que realice cada ciudadano: en otras palabras que no existan mecanismos: recordemos las máquinas de votación que, en muchos países son rechazadas porque pueden ser manipuladas de manera directa o indirecta por personas interesadas en deformar la verdad del voto; aparatos “capta huellas” que puedan identificar la voluntad propia del elector o, sembrar en él dudas sobre la pureza del acto, sobre el respeto a su decisión de votar libremente, o dudas sobre la seguridad que tenga de no ser identificado por parte interesada, de no ser amenazado por su decisión política, ni perseguido o destituido de su trabajo o actividades. El Artículo 295 reza: “El Comité de Postulaciones Electorales de candidatos (o candidatas, sic) a integrantes del Consejo Nacional Electoral, estará integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad, de conformidad con lo que establece la ley.” Al redactar este artículo, el legislador se refiere a la ley. ¿A cuál ley? El legislador no lo precisa, pues es probable que esa Ley no había sido aún elaborada ni aprobada, pero se entiende que ha tratarse de la Ley Orgánica del Poder Electoral. Esta Ley fue aprobada y luego publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.573 del 19 de noviembre de 2002. El artículo 4º de esta Ley Orgánica recoge, en su artículo 4º “Garantías”, casi de manera idéntica, el párrafo final del Art. 293 Constitucional así: “El Poder Electoral debe garantizar la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficacia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional.” Pero este mandato de la Constitución y de la Ley Orgánica del Poder Electoral, no ha sido respetado ni realizado en ninguno de los diferentes puntos referidos: En efecto, la igualdad ha brillado por su ausencia, la confiabilidad peor aún, la imparcialidad es grotesco chiste, la transparencia es fraude y la “eficacia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional” ha sido de todo menos respetada. El Art. 296 de la Constitución establece que “El Consejo Nacional Electoral estará integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos, tres de ellos o ellas, (sic) serán postulados o postuladas (sic) por la sociedad civil, uno o una (sic) por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno o una (sic) por el Poder Ciudadano.” El artículo prosigue, de seguida, refiriéndose a los suplentes correspondientes a los tres designados por la sociedad civil, que serían seis en total, un primer suplente y un segundo para cada uno de los designados y, luego, determina que “La Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la de Participación Política,” serán, cada una, presidida por un integrante designado por la Sociedad Civil. Después refiere que los integrantes del CNE durarán siete años en sus funciones y que, por separado, se elegirán, de manera que al inicio del periodo de la Asamblea Nacional serán elegidos los tres designados por la sociedad civil y a la mitad del mismo. La designación de los integrantes del CNE corresponde a la AN con el voto de las dos terceras partes de los diputados, etc. Debemos tener presente, desde el lado opositor, que es muy importante para garantizar la pureza de los comicios el estricto cumplimiento de este artículo 296 pues, si así fuere, el CNE no sería dependiente del Presidente de la República ni del Poder Ejecutivo. En conclusión, para superar este perverso atolladero creado por el proyecto totalitario de gobierno avanzado por el régimen es deber insoslayable hacer cumplir estas disposiciones constitucionales, pues el instrumento fundamental para el alcance de los fines de tal proyecto no es otro que el control absoluto del CNE. De manera que estos artículos de la Constitución Nos. 293, 294, 295 y 296 son la garantía para unas elecciones verdaderamente democráticas, de manera que aseguren, para cada elector, que su voto no será alterado y que el secreto del mismo no puede ser violado. Por supuesto, valga insistir en que condición “sine qua non” para esto lograr, es que el Registro Electoral sea reconstituido de nuevo, eliminado así el REP que, hasta el presente, ha venido siendo el principal instrumento para alterar los resultados de todas las elecciones que se han celebrado bajo este oprobioso régimen. Si estos logros se alcanzaran, con coraje, arroyo y firmeza, comenzaríamos a transitar, de nuevo, por la vía de una auténtica democracia y, el oscuro presente, así como el futuro que, de manera peor, nos amenaza quedarían eliminados para hacer posible que pueda resurgir esta bendita tierra de gracia.